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El prestador deberá contratar un seguro que cubra
la responsabilidad civil por daños y perjuicios que eventualmente
puedan sufrir terceros (personas o cosas), ya sea por causa de las
obras en ejecución o por las ya ejecutadas, ante una falla de las
mismas. Deben suministrar conexión gratuita a los hospitales,
escuelas y hogares de internación dependientes del Gobierno de la
Ciudad de Buenos Aires.
Derechos de los usuarios
• Que las prestadoras de tv por cable suministren la conexión en
forma gratuita a los hospitales, escuelas y hogares de internación
dependientes del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
• Que el tendido y todos sus componentes no afecten ninguna
abertura, movimiento de los cerramientos o protecciones,
y respeten en todos los casos los valores urbanísticos y estéticos.
• Que en el cruce de calles y avenidas se emplee preferentemente el
tendido subterráneo.
• Que la reparación de las aceras estará a cargo de la empresa, los
trabajos deberán ser iniciados dentro de los cinco días de concluido
el cierre de las zanjas.
• Que los usuarios tienen derecho a exigir el cumplimiento de las
obligaciones a cargo de los prestadores.
Obligaciones de la prestadora
• Deben contar con autorización para la afectación, uso y ocupación
del espacio de la vía pública de la Ciudad, para la instalación de
redes de transmisión de televisión por cable.
• Que los equipos auxiliares que se coloquen en los frentes, siempre
expresen la conformidad de su propietarios y se respeten las normas
del Código de Edificación.
Competencia
Respecto de la televisión por cable, el Ente de la ciudad tiene
competencia con el alcance previsto en el artículo 3° inciso m) de
la ley; es decir, el estado de las instalaciones de transporte local
y redes de distribución en la vía pública tanto en el espacio aéreo
como subterráneo
Intervenir ante la denuncia de un usuario que vea lesionado un
derecho o interés legalmente tutelado y procurar que cese su lesión
o desconocimiento, producidas a través de una acción u bien de una
omisión de cualquiera de los sujetos del conflicto.
Aplicar una sanción al prestador del servicio debido al
incumplimiento de una norma general.
Ordenar la adecuación de las instalaciones de la red a lo
establecido por la normativa vigente. Esto se podrá efectivizar a
través de una empresa o por parte del Gobierno de la Ciudad con
cargo a la empresa responsable ante la reticencia o negativa de
éstas |